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Conversatorio Financiero
 GLOSARIO 
En este manual encontrará explicaciones sencillas y precisas sobre terminología empleada en los contratos a plazos.
 


Activo Subyacente:

Es el activo financiero que es objeto de un contrato negociado en el Mercado de Futuros.

Bono Nocional:

Es un titulo ficticio con unos flujos teóricos que permiten proceder a la valoración del contrato de futuros y establecer las actuaciones de cobertura, especulación y arbitraje por los operadores.

Cámara de Compensación:

Institución que garantiza el buen fin de las operaciones, obligándose contractualmente con respecto a las partes que han negociado el contrato. Realiza funciones de supervisión y control de los procesos de liquidación y compensación. Calcula los depósitos en garantía y los complementarios por liquidación diaria.

Cerrar (un Contrato):

Realizar una transacción opuesta a la que dio origen al Contrato, comprando un Contrato idéntico al previamente vendido o vendiendo uno idéntico al previamente comprado. Para que dos Contratos sean idénticos deben coincidir en Clase, Tipo y Serie.

Clase de Contratos:  

Contratos de Futuro y de Opción referidos al mismo Activo Subyacente.Cliente: Persona física o jurídica que realiza Transacciones de compra-venta de Contratos en el Mercado accediendo a él a través de un Miembro.

Cierre de Posición:

Cancelación de la obligación contractual contraída, procediendoa la toma de una posición inversa o cumpliendo las condiciones del contrato.

Condiciones Generales:  

Normas del Mercado que describen las características concretas de cada uno de los contratos negociados.

Contrato:

Término genérico que incluye todos los Futuros y Opciones admitidos a negociación en el Mercado

Contrato de Futuros:  

Contrato normalizado a plazo, por el que el comprador se obliga a comprar el Activo Subyacente a un precio pactado (Precio de Futuro) en una fecha futura (Fecha de Liquidación). Como contrapartida, el vendedor se obliga a vender el mismo Activo Subyacente al mismo precio pactado (Precio de Futuro) y en la misma fecha futura (Fecha de Liquidación). Hasta dicha fecha o hasta que se realice una transacción de cierre, se realizan las Liquidaciones diarias de Pérdidas y Ganancias.

La obligación de comprar y vender el Activo Subyacente en la fecha futura se puede sustituir por la obligación de cumplir con la Liquidación por Diferencias, en los casos en que el activo no sea entregable o se pueda realizar la entrega por diferencias. Creador o Creador de Mercado: Es un miembro del Mercado que ha acordado, mediante Contrato con MEFF, que cotizará precios de compra y de venta en forma continuada y que en el cumplimiento de esta función únicamente actuará por cuenta propia. 

Cuenta de Compensación:

Registro contable en el que se anotan las transacciones realizadas por su titular y las posiciones abiertas que resultan de las mismas.

Cuenta Diaria: 

Cuenta en la que se registran durante una sesión las Transacciones realizadas por un Miembro del Mercado para su posterior asimilación a cuentas propias, en su caso, o de clientes.

Cuenta Global:  

Esta cuenta recoge las transacciones que un cliente ha realizado utilizando diferentes Identidades Comerciales a efectos de que las liquidaciones y Depósitos en Garantía puedan ser calculados sobre el saldo que dicha cuenta arroje.

Deposito en garantía por apertura de posición:

Es una provisión de fondos que se deposita en la Cámara de Compensación y sirve de garantía para el cumplimiento de las obligaciones de las partes contratantes.

Día Hábil:

Aquel día establecido como tal en el calendario que MEFF publicará antes del inicio de cada año natural. 

Ejecución de una Orden:  

Acto por el cual se da cumplimiento a la orden de compra o de venta trasmitida por un Miembro del Mercado.

En caso de Opciones, para que una orden sea ejecutada, es necesario que exista otra orden en sentido opuesto que coincida en:

- Clase de Contrato (mismo Activo Subyacente);

- Tipo de opción (CALL o PUT);

- Precio de Ejercicio;

- Fecha de Vencimiento; y

- Prima.

En el caso de Contratos de Futuro, deben coincidir:

- Clase de Contrato (mismo Activo Subyacente);

- Fecha de Vencimiento; y

- Precio de Futuro.Ejercicio:

Acto por el cual el comprador de una opción hace uso de su derecho a comprar o vender el Activo Subyacente.

Estandarizacion de Contratos:

Conjunto de características que cumplen los contratos de futuros para conseguir el mayor grado de liquidez y volumen de negociación.

Fecha de Ejercicio:

Día en que una Opción puede ser ejercida. La Fecha de Ejercicio vendrá establecida en las Condiciones Generales de cada Contrato.

Fecha de Liquidación:  

Día en que se liquida el Contrato de Futuro o de Opción. La Fecha de Liquidación vendrá establecida en las Condiciones Generales de cada Contrato.

Fecha de Vencimiento:  

Es el último día en que un Contrato de Opción o de Futuro puede ser registrado en el Mercado. La Fecha de Vencimiento vendrá establecida en las Condiciones Generales de cada Contrato.

Futuro: 

Contrato de Futuro.

Garantías:  

Depósitos en Garantía. 

Identidad Comercial:  

Código de cada Cliente a efectos de la realización de Transacciones en el Mercado.

Intervalo de Valoración:  

Son todos los puntos comprendidos entre el precio máximo y mínimo del Activo Subyacente para los que MEFF calcula los precios de mercado de las Opciones y Futuros que posteriormente son utilizados para el cálculo de Garantías.

Liquidación Diaria de Pérdidas y Ganancias:  

Liquidación diaria en efectivo de las diferencias entre el Precio de Futuro pactado en los Futuros negociados el mismo día del cálculo y el Precio de Liquidación Diaria de ese día, o entre el Precio de Liquidación Diaria del día anterior y el del día del cálculo para los Futuros que ya estuviesen abiertos al inicio del día del cálculo. Tras este proceso, todos los Contratos de Futuros, se consideran pactados al Precio de Liquidación Diaria.

Liquidación a Vencimiento:  

Cumplimiento del Contrato en la Fecha de Liquidación. Si la liquidación es por entrega, supone la transmisión del Activo Subyacente a cambio del precio que corresponda. Si la liquidación es por diferencias, supone la transmisión de dinero correspondiente a la diferencia entre el Precio de Ejercicio o el de Futuro, en su caso, y el de Liquidación a Vencimiento.

Liquidación de Transacciones:  

Sistema por el cual los compradores de Opciones pagan a MEFF las Primas correspondientes a dichas compras y los vendedores reciben de MEFF dichas Primas, y los compradores y vendedores de Futuros liquidan con MEFF su correspondiente Liquidación Diaria de Pérdidas y Ganancias, mientras mantengan Contratos de Futuros abiertos. 

Liquidación por Diferencias:  

Procedimiento por el cual el cumplimiento del Contrato en la Fecha de Liquidación se produce únicamente mediante la transmisión en efectivo de la diferencia entre el precio pactado en el Contrato y el Precio de Liquidación a Vencimiento.

Los intercambios de efectivo al vencimiento tendrán en cuenta, según el caso, el proceso de Liquidación Diaria de Pérdidas y Ganancias.

Liquidación por Entrega:  

Procedimiento por el cual el cumplimiento del Contrato, en la Fecha de Liquidación, se produce mediante la Entrega del Activo Subyacente por la parte que debe vender a la parte que debe comprar, a cambio del precio pactado en el Contrato. 

Los intercambios de efectivo al vencimiento tendrán en cuenta, según el caso, el proceso de Liquidación Diaria de Pérdidas y Ganancias.

Mercado de Futuros:

Lugar físico o sistema organizado donde se negocian los contratos de futuros

Miembro:

Participante en el Mercado con acceso directo al mismo.

Miembro Liquidador: 

Clase de Miembro cuyas funciones propias son negociar, realizar pagos y cobros de efectivos y realizar compra-ventas de Activo Subyacente, en los términos y condiciones del presente Reglamento.

Miembro Liquidador Custodio:  

Miembro Liquidador que, además de las funciones propias de un Miembro Liquidador, tiene la de recibir y custodiar Garantías.

Miembro Negociador:  

Clase de Miembro cuya función es negociar en el Mercado.

Opción: 

Contrato de Opción.

Opción de Compra:  

También denominada Opción CALL. El tenedor de esta Opción tiene el derecho, pero no la obligación, de comprar el Activo Subyacente objeto del Contrato al Precio de Ejercicio. 

El vendedor de la Opción tiene la obligación de vender dicho Activo Subyacente si el comprador ejercita su derecho. Puesto que la liquidación puede realizarse por diferencias, en el caso de ejercer la opción no se produciría una compra-venta, sino sólo una transmisión de efectivo.

Opción de Venta:  

También denominada Opción PUT. El tenedor tiene el derecho de vender el Activo Subyacente objeto del Contrato al Precio de Ejercicio. 

El vendedor tiene la obligación de comprar dicho Activo Subyacente si el comprador ejerce su derecho. Puesto que la liquidación puede realizarse por diferencias, en el caso de ejercer la opción no se produciría una compra-venta, sino sólo una transmisión de efectivo.

Posición larga:

Situación de compra de un contrato de futuros.

Posición corta:

Posición de venta de un contrato de futuros.

Liquidación diaria de perdidas y ganancias:

En función de la evolución diaria de los precios, una de las posiciones tendrá beneficio y otras perdidas. En este segundo caso será necesario reponer garantía.

Operación de cobertura:

Actuación en el mercado de futuros que pretende reducir o eliminar el riesgo derivado de la fluctuación del Precio al contado de un activo.

Operación de especulación:

Actuación en el mercado de futuros que establece una posición abierta a favor de una tendencia de los precios, con el fin de obtener beneficios.

Operación de arbitraje:

En este caso la obtención de beneficios se efectúaa través del aprovechamiento de situaciones de desequilibrio transitorio en los precios de futuros y los de contado. Se trata de operaciones cruzadas entre futuros y contado, futuros de diferente vencimiento etc.

Miembro liquidador:

Forma parte del mercado de futuros y participa en los procesos de cotización, negociación y liquidación.

Miembro no liquidador:

También forma parte de los mercados de futuros, pero solo participa en el proceso de cotización y negociación.

Orden Combinada:  

Orden de compra o venta de Contratos de más de una Serie y que está condicionada al cumplimiento total de la Orden.

Orden Simple: 

Orden de compra o venta de Contratos de una misma Serie que no incluye ninguna otra condición que la descripción mínima de una Orden.

Plazo de Reacción:  

Es el período de tiempo que se estima sería necesario para que MEFF pueda cerrar todos los Contratos registrados en una Cuenta.

Precio de Ejercicio:

Precio pactado en el Contrato de Opción al que el comprador de una Opción puede comprar (caso de haber adquirido una Opción CALL) o vender (si hubiera adquirido una Opción PUT) el Activo Subyacente. 

El vendedor de la Opción se obliga, respectivamente, a vender o comprar, en caso de que el comprador ejerza el derecho.

Precio de Futuro:  

Precio pactado en un Contrato de Futuro. El precio pactado es ajustado diariamente de acuerdo al proceso de Liquidación Diaria de Pérdidas y Ganancias.

Precio de Liquidación a Vencimiento:  

Precio de referencia sobre el que se calcula la Liquidación por Diferencias en la Fecha de Ejercicio, si se trata de Opciones, o en la Fecha de Vencimiento, si son Futuros.

Precio Técnico de Entrega:  

Precio, de utilidad únicamente técnica, al que se realizan todas las compras-ventas del Activo Subyacente en los casos de Liquidaciones por Entrega, ajustándose en efectivo las diferencias entre el precio pactado en el Contrato y el Precio Técnico de Entrega, y teniendo en cuenta, en su caso, el proceso de Liquidación Diaria de Pérdidas y Ganancias.

Precio de Liquidación Diaria:  

Precio de referencia sobre el que se calculan los Depósitos en Garantía y la Liquidación Diaria de Pérdidas y Ganancias.

Prima:  

Importe que el comprador de una Opción paga al vendedor de la misma.Primer Día de Cotización: Es el primer día en que un Contrato de Opción o de Futuro puede ser negociado en MEFF. Será siempre un Día Hábil. 

Punto de Valoración:

Es un punto del Intervalo de Valoración.

Registro:  

Acto por el que MEFF anota los datos de una Transacción en las cuentas correspondientes de su sistema para su posterior compensación, liquidación y cálculo de Garantías.

Serie:  

Dentro de cada Clase de Contratos, Serie son aquellas Opciones que tienen el mismo Precio de Ejercicio y la misma Fecha de Vencimiento, y aquellos Futuros que tienen la misma Fecha de Vencimiento.

Supervisor de la Sesión:  

Persona que desempeña la función de vigilar el ordenado desarrollo de la Sesión, aplicando el Reglamento.

Tenedor de Cuenta:  

Miembro que administra Cuentas Globales.

Tick:

Variación mínimaque puede experimentar la cotización de un contrato (.01 del 1% del nominal del contrato.)

Tipos de Opciones:  

Son Opciones de Compra (CALL) y Opciones de Venta (PUT).

Transacción:

Acto por el cual se casan dos órdenes.

Transmisión de una Orden:

Acto mediante el cual un Miembro hace llegar una Orden al Mercado.
 

       
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Riesgo total de un activo financiero: es igual al riesgo sistémico más el riesgo no sistémico.

 

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