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S
SEGURO: Función
económica cuya finalidad es permitir la indemnización de
los daños causados o sufridos por bienes y personas mediante la
aceptación de un conjunto de riesgos y su compensación.
SECTOR PÚBLICO DESCENTRALIZADO:
Componente
del Sector Público No Financiero, en la que se encuentran las empresas
públicas industriales y comerciales, del orden nacional y local
(ISS, Carbocol, ECOPETROL, EPM, ETB, EEB, etc.), y los departamentos y
municipios.
SECTOR PÚBLICO NO FINANCIERO:
Clasificación
del Sector Público de un país que incluye al Gobierno Central
y al Sector Público Descentralizado.
SOCIEDADES
FILIALES: En general, sociedades cuyo capital social es propiedad en
más de un 50% de otra empresa, llamada "matriz". En el ámbito
bancario, sociedades anónimas abiertas o cerradas o de responsabilidad
limitada cuyo giro complementa el negocio de los bancos. Incluyen intermediadoras
de valores, administradoras de fondos mutuos, administradoras de fondos
de inversión, compañías de leasing, asesorías
financieras y administradoras de fondos de vivienda.
SUPERÁVIT FISCAL: Es
el exceso de los ingresos sobre los egresos, ya sea, del sector público
consolidado, del gobierno central o del sector público no financiero.
SWAPS: Contrato
privado en que las partes se comprometen a intercambiar flujos financieros
en fechas posteriores, las que deben quedar especificadas al momento de
la celebración del contrato.
El Swap o permuta
financiera es un instrumento utilizado para reducir el costo y el riesgo
de financiamiento, o para superar las barreras de los mercados financieros.
SWAPS DE MODENAS:
En
los swaps de monedas las partes involucradas se comprometen a intercambiar
flujos financieros en dos monedas diferentes, considerándose a la
moneda corriente nacional como una moneda más.
Las empresas
bancarias que sean vendedoras de moneda extranjera a través de estos
contratos y que a su vencimiento deban ponerla a disposición del
comprador (quién las pagará en moneda corriente nacional)
sólo perfecciona n la venta si se les acredita que la moneda extranjera
se destinará a cubrir en esa misma fecha una obligación de
pago al exterior a través del mercado cambiario formal. No se requiere
el cumplimiento de esta condición cuando la o peración involucra
sólo monedas extranjeras.
SWAPS TASA
DE INTERÉS: Contrato financiero entre dos partes que desean
un intercambio de intereses derivados de pagos o cobros de obligaciones
que se encuentran en activos a diferentes bases (tipo fijo o flotante)
sin existir traspaso del principal y operando en la misma moneda.
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Inicio
T
TABLA DE DESARROLLO:
Cuadro
numérico que para cada serie de un instrumento financiero detalla
la secuencia y el valor a pagar en cada cupón por concepto de intereses
y amortización de capital.
TASA BÁSICA DE LA SUPERINTENDENCIA
BANCARIA (TBS): Promedio ponderado de las operaciones diarias de los
Certificados de Ahorro a Término con plazo de vencimiento hasta
de 30 días y, los Certificados de Depósito a Término
con plazo de vencimiento a partir de 30 días hasta 360 días
o más. Esta tasa se calcula a partir de las transacciones realizadas
con estos títulos por los bancos, corporaciones financieras, corporaciones
de ahorro y vivienda y compañías de financiamiento comercial.
Se calculan en la actualidad dos tipos de TBS, la TBS móvil y la
TBS por grupo de intermediario financiero.
TASA DE COMPRA:
La
tasa de interés implícita en el precio de compra, esto es,
la tasa interna de retorno.
TASA DE INTERÉS:
Precio
de la remuneración de un capital prestado o recibido en préstamo.
Es el precio de la renuncia a la liquidez del ahorro.
TASA DE INTERÉS DE CAPTACIÓN:
Tasa
de Interés que paga el intermediario financiero a los individuos
que depositan sus recursos en dicha entidad. También se conoce como
tasa de interés pasiva.
TASA DE INTERÉS DE COLOCACIÓN:
Tasa
de Interés que cobra el intermediario financiero a los demandantes
de crédito por los préstamos otorgados. Esta tasa de interés
también es conocida como tasa de interés activa.
TASA DE INTERÉS INTERBANCARIA:
Es
el precio de las operaciones realizadas en moneda doméstica por
los intermediarios financieros para solucionar problemas de liquidez de
muy corto plazo. Dicha tasa de interés se pacta para operaciones
de un día y es calculada como un promedio ponderado entre montos
(de captación y colocación) y tasas reportadas por las entidades
financieras.
TASA DE CAMBIO REPRESENTATIVA DEL
MERCADO (TRM): Mide el precio relativo de dos monedas: es decir, expresa
la cantidad de unidades monetarias que es necesario entregar para obtener
una unidad monetaria externa. La TRM es un promedio aritmético simple
de las tasas ponderadas de las operaciones de compra y venta de divisas
efectuadas en los bancos comerciales y corporaciones financieras en las
ciudades de Bogotá, Cali, Medellín y Barranquilla.
TASA DE DESEMPLEO: Se define
como la razón entre la población desocupada y la población
económicamente activa. Se determina de la siguiente forma: TD= (D/PEA)*100
TASA INTERNA
DE RETORNO ( T.I.R.): Tasa que iguala los flujos de ingresos y egresos
futuros de una inversión. Corresponde a la rentabilidad que obtendría
un inversionista de mantener el instrumento financiero hasta su extinción,
bajo el supuesto que reinvierte los flu jos de ingresos a la misma tasa.
TASA DE OCUPACIÓN: Es
el porcentaje de la población ocupada como proporción de
la población en edad de trabajar. Esta relación, es un indicador
del tamaño relativo de la demanda laboral en la economía.
La tasa de ocupación se calcula así: TO=
(O/PET)*100.
TASA GLOBAL DE PARTICIPACIÓN
(TGP): Indicador de empleo que se construye para cuantificar el tamaño
relativo de la fuerza de trabajo. En él se compara la población
económicamente activa y la población en edad de trabajar.
Se define de la siguiente manera: TGP=
(PEA/PET)*100
TARIFA: Sinónimo de precio.
En un sentido restringido, se usa para referirse al precio de los bienes
o servicios de consumo colectivos, que son fijados unilateralmente por
el oferente, sea o no con la participación de la autoridad.
Sinónimo de Arancel o de derecho
aduanero. En esta acepción corresponde al impuesto que debe pagarse
por la importación de un bien en el momento de su internación.
TBS: Es la nueva tasa de interés
básica en Colombia, creada a partir de Abril de 1995, cumple las
funciones que la LIBOR del mercado Inglés, pero para el caso Colombiano.-
La diferencia que tiene con la DTF es que esta mide el promedio de captaciones
de los CDT por parte de los bancos y corporaciones financieras, en tanto
que la TBS medirá solamente las captaciones de los bancos y de ahí
se sacará el rendimiento que dan las otras entidades.- ahora, mientras
la DTF solo mide depósitos a 90, 180 y 360 días, la TBS tiene
varias opciones desde 7 hasta 365 días.
TCC (TASA DE INTERES TCC): Es
una tasa de interés básica para Colombia. Similar al DTF
que se calcula con base en el promedio de las tasa de interés, para
los Depósitos a termino fijo, en los últimos 90
TÍTULO:
Acción.
Documento que representa un derecho en una sociedad.
TÍTULOS DE PARTICIPACIÓN:
Títulos
emitidos por el Banco de la República al mercado, denominados en
pesos que tienen un rendimiento semejante al que tienen otros títulos
en el sistema financiero. Es importante resaltar, que dichos valores pueden
ser adquiridos por todos los agentes económicos. Sin embargo, cuando
los adquiere el gobierno se debe a un acuerdo entre éste y el Banco
de la República. Por el contrario, la colocación de los títulos
entre el público y el sistema financiero se hace a través
de operaciones de mercado abierto y no mediante convenios. Los Títulos
de Participación se constituyen el principal instrumento de contracción
monetaria.
TÍTULOS DE TESORERÍA
(TES): Los títulos de tesorería creados en la ley 51
de 1990 son títulos de deuda pública interna emitidos por
el Gobierno Nacional. Existen dos clases de títulos : clase A y
clase B. Los primeros fueron emitidos con el objeto de sustituir la deuda
contraída en las operaciones de mercado abierto realizadas por el
Banco de la República. Los segundos se emiten para obtener recursos
para apropiaciones presupuestales y efectuar operaciones temporales de
la Tesorería del Gobierno Nacional. En la actualidad solamente se
emiten los títulos de clase B. El plazo se determina de acuerdo
con las necesidades de regulación del mercado monetario y de los
requerimientos presupuestales o de tesorería, y fluctúa entre
1 y 7 años. El rendimiento de los títulos lo determina el
Gobierno Nacional de acuerdo con las tasas del mercado para el día
de colocación de los mismo.
TRANSFERENCIA: Renta de destinación
específica. Las transferencias en Colombia se extienden a entidades
territoriales (Situado Fiscal y Participación de los Municipios
en los Ingresos Corrientes de la Nación), para invertir, entre otras
cosas, en salud y educación.
TRANSFERENCIA
ELECTRÓNICA DE FONDOS: Operación que significa débitos
o créditos de dinero en una cuenta, efectuada por medio de dispositivos
electrónicos autosuficientes.
TRANSACCIÓN:
Compra
o venta de algún instrumento financiero.
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U
UTILIDAD O
PERDIDA DEL EJERCICIO: Se obtiene de sustraer el impuesto a la renta
del resultado.
USURA: Tipo de interés
pagado por el uso del dinero ajeno superior al establecido por la Ley.
Cobrar un tipo de interés superior
al máximo legal sobre los prestamos.
En su acepción moderna se refiere
al cobro "abusivo" o "excesivo" de intereses sobre los prestamos, en relación
al nivel corriente de las tasa de interés vigentes en el mercado.
Según determinadas concepciones éticas vigentes en el pasado,
se proclama la injusticia del cobro de cualquier interés, considerándose
que constituía una apropiación indebida de ingresos por parte
del prestamista.
UPAC: Unidad de Poder Adquisitivo
Constante. Ver UVR
UVR: Unidad de Valor Real Constante.
Unidad de cuenta que, a partir del primero de enero del 2000, permite realizar
operaciones de crédito hipotecario en el largo plazo a través
de ajustes de su valor de acuerdo con la capacidad adquisitiva de la moneda
legal. Su cálculo se hace s través de la inflación
acumulada de los últimos tres meses. Por ejemplo, si la inflación
del primer mes es 5%, la del segundo es 3% y la del tercero es 1%, la inflación
acumulada de los tres meses es igual a la multiplicación de 1.05*1.03*1.01.
Este resultado se mensualiza para sacar la inflación de un mes,
y esta es la tasa a la cual crece la UVR entre un día y otro durante
el período que se está analizando. Su valor es calculado
por el Banco de la República para cada uno de los días del
año.
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V
VALOR AGREGADO: Suma del valor
añadido en los procesos productivos de cada uno de los sectores
de la economía.
VALOR CONTABLE:
Valor
presente del instrumento calculado según su tasa de compra.
VALOR DE MERCADO:
Valor
obtenido de transacciones en las bolsas de valores o valor informado mensualmente
por la Superintendencia de Bancos para efectos de valorización de
la cartera de instrumentos transables en el mercado, según el caso.
VALOR INTRÍNSECO:
Valor
de una acción obtenido dividiendo el activo neto de la sociedad
por el número de sus acciones.
VALOR MÓVIL:
Título
negociable que representa, bien un derecho de asociado (acción),
bien un préstamo a largo plazo (obligación).
VALOR NOMINAL:
Corresponde
al valor inicial del instrumento emitido. Al tratarse de documentos descontables
que no tienen tasa nominal (por ej: PDBC o PRBC), el valor nominal corresponde
al valor final.
VALOR PAR:
Corresponde al valor del capital no amortizado de un instrumento financiero,
incluidos los correspondientes intereses y reajustes devengados.
VENTAS DE LADRILLO Y CEMENTO: Serie
mensual de las ventas reales. Fuente DANE.
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W
WALL STREET: Nombre popular
que recibe el distrito de negocios y finanzas de la ciudad de New York.
WWW.
Conjuntos de
los "sites" del mundo presentes en Internet. También se le llama
directamente "web". Abreviación de "World Wide Web". Ej: www.businesscol.com
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Inicio
Z
ZONA LIBRE DE COMERCIO: Es un
área formada por dos o más países que de forma inmediata
o paulatina suprimen las trabas aduaneras y comerciales entre sí,
pero manteniendo cada una frente a terceros su propio arancel de aduanas
y su régimen de comercio.
ZONA DE TRANSITO: "Entreport"
o "Transit Zona" . es un puerto de entrada a un país costero, establecido
para la conversión de un país vecino, que car4ece de facilidades
portuarias adecuadas o que no tiene acceso al mar.
ZONA FRANCA: Es un área
delimitada del territorio nacional en la cual se ofrecen una serie de incentivos
en materia cambiaria, tributaria, aduanera y de comercio exterior, con
el propósito de fomentar l industrialización de bienes y
servicos orientados prioritariamente a los mercados internacionales.
Las leyes 109 de 195 y 7ª. De
1991 y los decretos 2131 de 1991 y 471 de 1993 sobre el marco legal de
las zonas francas.
ZONA LIBRE: Es un área
determinada cuyos límites son vigilados por la aduana y está
situada o considerada bajo ciertos aspectos en los cuales todas o algunas
mercancías son admitidas con exención de derechos e impuestos
a la importación y están normalmente sometidas al control
de la aduana.
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