FUENTE: BUSINESSCOL.COM
CURSOS ON LINE: www.gacetafinanciera.com
 
 
ACTUALIDAD
 
RENTA VARIABLE
 
RENTA FIJA
 
DIVISAS
 
TRADUCTOR
 

Glosario Económico & Financiero 


Selecciona la letra con la que comienza la palabra que busca:
A - B - C - D - E - F - G - H - I - J - K - L - M - N
Ñ - O - P - Q - R - S - T - U - V - W - X - Y - Z
(También puedes presionar ctrl - F y buscar dentro de esta página)

S

SEGURO: Función económica cuya finalidad es permitir la indemnización de los daños causados o sufridos por bienes y personas mediante la aceptación de un conjunto de riesgos y su compensación. 

SECTOR PÚBLICO DESCENTRALIZADO: Componente del Sector Público No Financiero, en la que se encuentran las empresas públicas industriales y comerciales, del orden nacional y local (ISS, Carbocol, ECOPETROL, EPM, ETB, EEB, etc.), y los departamentos y municipios.

SECTOR PÚBLICO NO FINANCIERO: Clasificación del Sector Público de un país que incluye al Gobierno Central y al Sector Público Descentralizado.

SOCIEDADES FILIALES: En general, sociedades cuyo capital social es propiedad en más de un 50% de otra empresa, llamada "matriz". En el ámbito bancario, sociedades anónimas abiertas o cerradas o de responsabilidad limitada cuyo giro complementa el negocio de los bancos. Incluyen intermediadoras de valores, administradoras de fondos mutuos, administradoras de fondos de inversión, compañías de leasing, asesorías financieras y administradoras de fondos de vivienda. 

SUPERÁVIT FISCAL: Es el exceso de los ingresos sobre los egresos, ya sea, del sector público consolidado, del gobierno central o del sector público no financiero.

SWAPS: Contrato privado en que las partes se comprometen a intercambiar flujos financieros en fechas posteriores, las que deben quedar especificadas al momento de la celebración del contrato. 

El Swap o permuta financiera es un instrumento utilizado para reducir el costo y el riesgo de financiamiento, o para superar las barreras de los mercados financieros. 

SWAPS DE MODENAS: En los swaps de monedas las partes involucradas se comprometen a intercambiar flujos financieros en dos monedas diferentes, considerándose a la moneda corriente nacional como una moneda más. 

Las empresas bancarias que sean vendedoras de moneda extranjera a través de estos contratos y que a su vencimiento deban ponerla a disposición del comprador (quién las pagará en moneda corriente nacional) sólo perfecciona n la venta si se les acredita que la moneda extranjera se destinará a cubrir en esa misma fecha una obligación de pago al exterior a través del mercado cambiario formal. No se requiere el cumplimiento de esta condición cuando la o peración involucra sólo monedas extranjeras. 

SWAPS TASA DE INTERÉS: Contrato financiero entre dos partes que desean un intercambio de intereses derivados de pagos o cobros de obligaciones que se encuentran en activos a diferentes bases (tipo fijo o flotante) sin existir traspaso del principal y operando en la misma moneda.

=> Inicio

T

TABLA DE DESARROLLO: Cuadro numérico que para cada serie de un instrumento financiero detalla la secuencia y el valor a pagar en cada cupón por concepto de intereses y amortización de capital. 

TASA BÁSICA DE LA SUPERINTENDENCIA BANCARIA (TBS): Promedio ponderado de las operaciones diarias de los Certificados de Ahorro a Término con plazo de vencimiento hasta de 30 días y, los Certificados de Depósito a Término con plazo de vencimiento a partir de 30 días hasta 360 días o más. Esta tasa se calcula a partir de las transacciones realizadas con estos títulos por los bancos, corporaciones financieras, corporaciones de ahorro y vivienda y compañías de financiamiento comercial. Se calculan en la actualidad dos tipos de TBS, la TBS móvil y la TBS por grupo de intermediario financiero.

TASA DE COMPRA: La tasa de interés implícita en el precio de compra, esto es, la tasa interna de retorno. 

TASA DE INTERÉS: Precio de la remuneración de un capital prestado o recibido en préstamo. Es el precio de la renuncia a la liquidez del ahorro. 

TASA DE INTERÉS DE CAPTACIÓN: Tasa de Interés que paga el intermediario financiero a los individuos que depositan sus recursos en dicha entidad. También se conoce como tasa de interés pasiva.

TASA DE INTERÉS DE COLOCACIÓN: Tasa de Interés que cobra el intermediario financiero a los demandantes de crédito por los préstamos otorgados. Esta tasa de interés también es conocida como tasa de interés activa.

TASA DE INTERÉS INTERBANCARIA: Es el precio de las operaciones realizadas en moneda doméstica por los intermediarios financieros para solucionar problemas de liquidez de muy corto plazo. Dicha tasa de interés se pacta para operaciones de un día y es calculada como un promedio ponderado entre montos (de captación y colocación) y tasas reportadas por las entidades financieras.

TASA DE CAMBIO REPRESENTATIVA DEL MERCADO (TRM): Mide el precio relativo de dos monedas: es decir, expresa la cantidad de unidades monetarias que es necesario entregar para obtener una unidad monetaria externa. La TRM es un promedio aritmético simple de las tasas ponderadas de las operaciones de compra y venta de divisas efectuadas en los bancos comerciales y corporaciones financieras en las ciudades de Bogotá, Cali, Medellín y Barranquilla.

TASA DE DESEMPLEO: Se define como la razón entre la población desocupada y la población económicamente activa. Se determina de la siguiente forma: TD= (D/PEA)*100

TASA INTERNA DE RETORNO ( T.I.R.): Tasa que iguala los flujos de ingresos y egresos futuros de una inversión. Corresponde a la rentabilidad que obtendría un inversionista de mantener el instrumento financiero hasta su extinción, bajo el supuesto que reinvierte los flu jos de ingresos a la misma tasa. 

TASA DE OCUPACIÓN: Es el porcentaje de la población ocupada como proporción de la población en edad de trabajar. Esta relación, es un indicador del tamaño relativo de la demanda laboral en la economía. La tasa de ocupación se calcula así: TO= (O/PET)*100.

TASA GLOBAL DE PARTICIPACIÓN (TGP): Indicador de empleo que se construye para cuantificar el tamaño relativo de la fuerza de trabajo. En él se compara la población económicamente activa y la población en edad de trabajar. Se define de la siguiente manera: TGP= (PEA/PET)*100

TARIFA: Sinónimo de precio. En un sentido restringido, se usa para referirse al precio de los bienes o servicios de consumo colectivos, que son fijados unilateralmente por el oferente, sea o no con la participación de la autoridad.

Sinónimo de Arancel o de derecho aduanero. En esta acepción corresponde al impuesto que debe pagarse por la importación de un bien en el momento de su internación.

TBS: Es la nueva tasa de interés básica en Colombia, creada a partir de Abril de 1995, cumple las funciones que la LIBOR del mercado Inglés, pero para el caso Colombiano.- La diferencia que tiene con la DTF es que esta mide el promedio de captaciones de los CDT por parte de los bancos y corporaciones financieras, en tanto que la TBS medirá solamente las captaciones de los bancos y de ahí se sacará el rendimiento que dan las otras entidades.- ahora, mientras la DTF solo mide depósitos a 90, 180 y 360 días, la TBS tiene varias opciones desde 7 hasta 365 días.

TCC (TASA DE INTERES TCC): Es una tasa de interés básica para Colombia. Similar al DTF que se calcula con base en el promedio de las tasa de interés, para los Depósitos a termino fijo, en los últimos 90

TÍTULO: Acción. Documento que representa un derecho en una sociedad. 

TÍTULOS DE PARTICIPACIÓN: Títulos emitidos por el Banco de la República al mercado, denominados en pesos que tienen un rendimiento semejante al que tienen otros títulos en el sistema financiero. Es importante resaltar, que dichos valores pueden ser adquiridos por todos los agentes económicos. Sin embargo, cuando los adquiere el gobierno se debe a un acuerdo entre éste y el Banco de la República. Por el contrario, la colocación de los títulos entre el público y el sistema financiero se hace a través de operaciones de mercado abierto y no mediante convenios. Los Títulos de Participación se constituyen el principal instrumento de contracción monetaria.

TÍTULOS DE TESORERÍA (TES): Los títulos de tesorería creados en la ley 51 de 1990 son títulos de deuda pública interna emitidos por el Gobierno Nacional. Existen dos clases de títulos : clase A y clase B. Los primeros fueron emitidos con el objeto de sustituir la deuda contraída en las operaciones de mercado abierto realizadas por el Banco de la República. Los segundos se emiten para obtener recursos para apropiaciones presupuestales y efectuar operaciones temporales de la Tesorería del Gobierno Nacional. En la actualidad solamente se emiten los títulos de clase B. El plazo se determina de acuerdo con las necesidades de regulación del mercado monetario y de los requerimientos presupuestales o de tesorería, y fluctúa entre 1 y 7 años. El rendimiento de los títulos lo determina el Gobierno Nacional de acuerdo con las tasas del mercado para el día de colocación de los mismo.

TRANSFERENCIA: Renta de destinación específica. Las transferencias en Colombia se extienden a entidades territoriales (Situado Fiscal y Participación de los Municipios en los Ingresos Corrientes de la Nación), para invertir, entre otras cosas, en salud y educación.

TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA DE FONDOS: Operación que significa débitos o créditos de dinero en una cuenta, efectuada por medio de dispositivos electrónicos autosuficientes. 

TRANSACCIÓN: Compra o venta de algún instrumento financiero. 

=> Inicio

U

UTILIDAD O PERDIDA DEL EJERCICIO: Se obtiene de sustraer el impuesto a la renta del resultado. 

USURA: Tipo de interés pagado por el uso del dinero ajeno superior al establecido por la Ley.

Cobrar un tipo de interés superior al máximo legal sobre los prestamos.

En su acepción moderna se refiere al cobro "abusivo" o "excesivo" de intereses sobre los prestamos, en relación al nivel corriente de las tasa de interés vigentes en el mercado. Según determinadas concepciones éticas vigentes en el pasado, se proclama la injusticia del cobro de cualquier interés, considerándose que constituía una apropiación indebida de ingresos por parte del prestamista.

UPAC: Unidad de Poder Adquisitivo Constante. Ver UVR

UVR: Unidad de Valor Real Constante. Unidad de cuenta que, a partir del primero de enero del 2000, permite realizar operaciones de crédito hipotecario en el largo plazo a través de ajustes de su valor de acuerdo con la capacidad adquisitiva de la moneda legal. Su cálculo se hace s través de la inflación acumulada de los últimos tres meses. Por ejemplo, si la inflación del primer mes es 5%, la del segundo es 3% y la del tercero es 1%, la inflación acumulada de los tres meses es igual a la multiplicación de 1.05*1.03*1.01. Este resultado se mensualiza para sacar la inflación de un mes, y esta es la tasa a la cual crece la UVR entre un día y otro durante el período que se está analizando. Su valor es calculado por el Banco de la República para cada uno de los días del año.

=> Inicio

V

VALOR AGREGADO: Suma del valor añadido en los procesos productivos de cada uno de los sectores de la economía.

VALOR CONTABLE: Valor presente del instrumento calculado según su tasa de compra. 

VALOR DE MERCADO: Valor obtenido de transacciones en las bolsas de valores o valor informado mensualmente por la Superintendencia de Bancos para efectos de valorización de la cartera de instrumentos transables en el mercado, según el caso. 

VALOR INTRÍNSECO: Valor de una acción obtenido dividiendo el activo neto de la sociedad por el número de sus acciones. 

VALOR MÓVIL: Título negociable que representa, bien un derecho de asociado (acción), bien un préstamo a largo plazo (obligación). 

VALOR NOMINAL: Corresponde al valor inicial del instrumento emitido. Al tratarse de documentos descontables que no tienen tasa nominal (por ej: PDBC o PRBC), el valor nominal corresponde al valor final. 

VALOR PAR: Corresponde al valor del capital no amortizado de un instrumento financiero, incluidos los correspondientes intereses y reajustes devengados. 

VENTAS DE LADRILLO Y CEMENTO: Serie mensual de las ventas reales. Fuente DANE.

=> Inicio

W

WALL STREET: Nombre popular que recibe el distrito de negocios y finanzas de la ciudad de New York.

WWW. 
Conjuntos de los "sites" del mundo presentes en Internet. También se le llama directamente "web". Abreviación de "World Wide Web". Ej: www.businesscol.com

=> Inicio

Z

ZONA LIBRE DE COMERCIO: Es un área formada por dos o más países que de forma inmediata o paulatina suprimen las trabas aduaneras y comerciales entre sí, pero manteniendo cada una frente a terceros su propio arancel de aduanas y su régimen de comercio.

ZONA DE TRANSITO: "Entreport" o "Transit Zona" . es un puerto de entrada a un país costero, establecido para la conversión de un país vecino, que car4ece de facilidades portuarias adecuadas o que no tiene acceso al mar.

ZONA FRANCA: Es un área delimitada del territorio nacional en la cual se ofrecen una serie de incentivos en materia cambiaria, tributaria, aduanera y de comercio exterior, con el propósito de fomentar l industrialización de bienes y servicos orientados prioritariamente a los mercados internacionales.

Las leyes 109 de 195 y 7ª. De 1991 y los decretos 2131 de 1991 y 471 de 1993 sobre el marco legal de las zonas francas.

ZONA LIBRE: Es un área determinada cuyos límites son vigilados por la aduana y está situada o considerada bajo ciertos aspectos en los cuales todas o algunas mercancías son admitidas con exención de derechos e impuestos a la importación y están normalmente sometidas al control de la aduana.

 Inicio